Vivienda compartida
Una de las grandes paradojas que estamos encontrando actualmente en los procesos de divorcio está directamente relacionada con el acceso a la vivienda.
muchas ocasiones, la decisión de poner fin al matrimonio ya está tomada. La relación de pareja ha terminado y ambos cónyuges desean comenzar una nueva etapa por separado.
Sin embargo, existe un obstáculo difícil de superar: ninguno de los dos puede permitirse abandonar la vivienda familiar.
📈 El incremento del precio de los alquileres, la escasez de viviendas disponibles, la necesidad de acreditar ingresos suficientes y el aumento general del coste de la vida están provocando situaciones que hace algunos años resultaban menos habituales.
A veces, los ingresos de los cónyuges no les permiten alquilar una vivienda independiente. En los casos más extremos, ni siquiera pueden asumir el coste de una habitación.
🤝 Ante esta realidad, algunas parejas optan por alcanzar un acuerdo que puede parecer contradictorio: divorciarse, pero continuar residiendo en el mismo domicilio.
Cada uno ocupa una habitación diferente y las zonas comunes —la cocina, el salón o los baños— se utilizan de manera compartida.
💍➡️🏠 El vínculo matrimonial termina, pero la convivencia continúa por necesidad.
Esta alternativa puede ofrecer una solución económica temporal, pero también plantea importantes dificultades personales, familiares y jurídicas.
Para que una convivencia de estas características pueda funcionar, resulta fundamental establecer unas reglas claras:
🚪 Qué espacios serán de uso privado.
🛋️ Cómo se utilizarán las zonas comunes.
💶 Cómo se repartirán la hipoteca, el alquiler, los suministros y el resto de los gastos.
🧹 Cómo se organizarán las tareas domésticas.
🔒 Cómo se protegerán la intimidad y la vida personal de cada uno.
📅 Durante cuánto tiempo se mantendrá esta situación.
👨👩👧👦 Cómo se organizará la convivencia y el cuidado de los hijos, si los hay.
Precisamente cuando existen hijos menores, la situación requiere una atención especial. Aunque permanecer en el domicilio familiar puede aportar cierta estabilidad, también puede generarles confusión si no comprenden que sus padres ya no son pareja.
Además, compartir vivienda después del divorcio puede dificultar el cierre emocional de la relación y convertirse en una fuente constante de conflictos si no existe una comunicación respetuosa.
⚖️ No estamos ante una solución ideal ni aplicable a todos los casos. Es una respuesta práctica a una realidad económica y social cada vez más compleja.
Por ello, si los cónyuges deciden continuar viviendo juntos, es recomendable que el acuerdo quede bien definido y que se valoren previamente sus consecuencias personales, económicas y jurídicas.
Porque divorciarse no siempre significa poder comenzar inmediatamente dos vidas completamente independientes.
¿Comodato o precario?
⚖️La STS 1273/2026, de 21 de julio, analiza un supuesto muy frecuente: una vivienda cedida gratuitamente, mediante acuerdo verbal, sin plazo concreto y para que la ocupante pudiera residir en ella mientras la necesitara.
El Juzgado acordó el desahucio por precario, pero la Audiencia Provincial de Barcelona entendió que existía un comodato verbal mientras subsistiera la situación de necesidad de la ocupante.
El Tribunal Supremo revoca esta última decisión.
📌La Sala recuerda que el comodato es esencialmente temporal. Su duración debe haberse pactado o poder deducirse de un uso concreto y determinado. La mera necesidad de vivienda no permite, por sí sola, mantener indefinidamente la posesión, especialmente cuando la terminación de esa necesidad queda exclusivamente al criterio del ocupante.
La conclusión del Supremo es especialmente práctica: en este caso, resulta irrelevante que la relación se califique como precario desde su origen o como comodato posteriormente convertido en precario. En ambos supuestos, la propietaria puede reclamar la restitución de la vivienda.
📌La sentencia confirma así que:
✅Una cesión gratuita no genera necesariamente un derecho estable de ocupación.
✅La expresión “mientras lo necesites” no equivale a un plazo jurídicamente determinado.
✅El comodato no puede convertirse en una cesión perpetua o dependiente únicamente de la voluntad del ocupante.
✅Cuando el titular pone fin a su tolerancia, puede ejercitar la acción de desahucio por precario.
Una resolución relevante para las cesiones gratuitas de viviendas entre familiares, amistades o personas cercanas, en las que la ausencia de un contrato escrito suele ser el origen del conflicto.
La recomendación preventiva es clara: documentar el plazo de la cesión, su finalidad concreta y las circunstancias que obligarán a devolver el inmueble.
¿Quién paga las cargas del matrimonio?
🔎Principio básico del régimen económico matrimonial: Los bienes de los cónyuges están sujetos al levantamiento de las cargas del matrimonio.
📌¿Qué se entiende por cargas del matrimonio? Estas cargas incluyen entre otros:
1.- Los gastos de sustento, vivienda, vestido y asistencia médica de la familia.
2.- Los gastos de educación y formación de los hijos.
3.- Aquellos gastos ordinarios necesarios para el funcionamiento de la vida familiar, conforme al nivel económico del matrimonio.
📌¿Quién las paga?
Ambos cónyuges deben contribuir, con dinero, bienes o trabajo (incluido el trabajo doméstico?
La contribución se hace en proporción a los recursos económicos de cada uno.
Cualquiera de los cónyuges puede realizar actos encaminados a atender las necesidades ordinarias de la familia, encomendadas a su cuidado.
legatario de parte alícuota
⚖️ Cuando ser “legatario” da derecho a intervenir en la partición.
Una herencia que comenzó en 1977 terminó llegando al Tribunal Supremo casi cincuenta años después.
La STS 1318/2026, de 24 de julio, analiza un interesante supuesto de legado de parte alícuota y recuerda la especial posición que ocupa esta figura dentro de la sucesión.
📌El caso comienza con el fallecimiento de Eugenio, que instituyó herederos a sus tres hijos y dejó a su esposa, Emilia, el tercio de libre disposición, y la cuota de usufructo vidual.
La herencia y la sociedad de gananciales, sin embargo, no quedaron definitivamente liquidadas durante la vida de Emilia, que continuó disfrutando de los bienes y de sus rendimientos.
Emilia falleció en 2013. Instituyó herederos a sus hijos, pero dejó a Claudio el tercio de libre disposición de su propia herencia.
Cuando posteriormente los hijos liquidaron los gananciales y realizaron las operaciones relativas a la herencia de su padre, lo hicieron sin intervención de Claudio.
📌Y ahí surgió el conflicto:
🔎¿tenía Claudio derecho a intervenir en unas operaciones referidas a la herencia del marido de su causante?
✅La respuesta del Supremo: SI.
La clave está en que el legatario de parte alícuota no recibe inicialmente un bien concreto, sino una cuota del activo hereditario líquido.
Su derecho es abstracto y necesita de la partición para determinar su contenido económico. Precisamente por ello, el Supremo recuerda que tiene un interés directo en las operaciones particionales e incluso legitimación para promover la división judicial de la herencia.
Además, el Tribunal considera que Emilia había aceptado tácitamente el legado de su marido: durante años disfrutó de los bienes y de sus rendimientos, una conducta suficientemente reveladora de su voluntad de aceptación.
Por tanto: el tercio legado por Eugenio se había integrado en el patrimonio de Emilia y debía computarse posteriormente dentro de su propia herencia.
¿Capitulaciones por un menor?
¿Puede un menor no emancipado firmar capitulaciones matrimoniales?
La respuesta corta es: sí, pero no solo.
🔍 Antes del matrimonio:
El menor no emancipado puede otorgar capitulaciones matrimoniales, pero necesita el consentimiento y la intervención de sus padres o tutor. Esto implica:
✅No puede firmarlas por sí mismo.
✅Deben comparecer quienes ejercen la patria potestad o, en su caso, el tutor.
✅El otorgamiento debe realizarse ante Notario.
Es decir, su capacidad está limitada, pero no excluida.
💍 ¿Qué ocurre después del matrimonio?
El matrimonio emancipa automáticamente al menor.
A partir de ese momento, cambia por completo su capacidad jurídica en este ámbito:
✅Puede otorgar nuevas capitulaciones.
✅Puede modificar las ya existentes.
✅Y puede hacerlo por sí solo, sin necesidad de intervención de terceros.
Repudiación de la herencia
⚖️El Tribunal Supremo en Sentencia nº 1029/2026, de 25 de junio, aborda una cuestión de enorme interés práctico: los efectos de la repudiación de la herencia sobre la legítima cuando el testamento contiene una sustitución vulgar a favor de los descendientes.
📌La pregunta es … Si un hijo renuncia a la herencia de su padre o madre y el testamento establece una sustitución vulgar a favor de sus descendientes, ¿esos nietos ocupan también el lugar del renunciante en la legítima estricta?
La respuesta del Tribunal Supremo es no.
📜La sentencia distingue claramente entre dos ámbitos:
✅La parte de libre disposición y la mejora: sí opera la sustitución vulgar prevista por el testador. Los descendientes sustituyen al heredero que renuncia, respetando la voluntad testamentaria.
✅La legítima estricta: aquí prevalece la norma imperativa del artículo 985.2 del Código Civil. La cuota del legitimario que renuncia no pasa a sus hijos, sino que acrece a los demás legitimarios por derecho propio.
📌¿Por qué?
El Tribunal recuerda que los nietos del renunciante no adquieren la condición de legitimarios por el simple hecho de que su padre o madre haya repudiado la herencia. La renuncia extingue la posición del legitimario y su cuota debe redistribuirse entre quienes ya ostentan esa condición al abrirse la sucesión.
En cambio, respecto de la mejora y de la parte libre, la voluntad del testador sí puede desplegar plenamente sus efectos mediante la sustitución vulgar.
Patria potestad vs. custodia
En Derecho de Familia hay dos conceptos que muchas veces se confunden… pero que son muy distintos:👉 patria potestad y custodia.
🔍 ¿Qué es la patria potestad?
Es el conjunto de derechos y deberes legales que tienen los padres sobre sus hijos menores.
✔️ Representarlos legalmente.
✔️ Tomar decisiones importantes (educación, salud, etc.).
✔️ Administrar sus bienes.
✔️ Velar por su desarrollo y bienestar.
👉 Lo habitual: la ejercen ambos progenitores, incluso tras la separación.
🏡 ¿Y la custodia?
Se refiere a algo más práctico:
👉 quién se encarga del día a día del menor.
✔️ Convivencia habitual.
✔️ Atención diaria.
Puede ser:
🔸 Exclusiva: uno de los padres.
🔸 Compartida: ambos, de forma similar.
💡 La clave que marca la diferencia:
Puedes tener la custodia… pero no decidir todo.
👉Puedes no convivir a diario… y seguir teniendo voz en decisiones importantes.
Pago de deudas hereditarias
⚠️ “Si heredo… ¿también heredo las deudas?”
Una de las preguntas más incómodas —y más importantes— cuando se recibe una herencia.
👉 La respuesta es clara: sí, las deudas también se heredan.
El fallecimiento no hace desaparecer las obligaciones.
Hipotecas, préstamos personales, tarjetas de crédito o deudas con Hacienda… todo forma parte de la herencia.
🔍 Entonces, ¿qué opciones tienen los herederos?
La clave está en cómo se acepta la herencia:
🔹 Aceptación pura y simple
✔️ Asumes las deudas del fallecido
✔️ Respondes con los bienes heredados… y también con tu patrimonio personal
👉 Es la opción más arriesgada si no se conoce bien la situación económica del causante.
🔸 Aceptación a beneficio de inventario
✔️ Solo respondes hasta donde alcancen los bienes de la herencia
✔️ Tu patrimonio personal queda protegido
👉 Es la opción más prudente cuando hay dudas sobre las deudas existentes.
💡 Un detalle importante que muchos desconocen:
Si uno de los coherederos paga más de lo que le corresponde,
👉 puede reclamar al resto su parte proporcional.
¿Se puede modificar la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos no cambia por el paso del tiempo.
Solo se modifica cuando cambian las circunstancias que justificaron su fijación.
🔍 ¿Cuándo se puede aumentar?
✔️ Cuando aumentan las necesidades de los hijos.
✔️ Cuando mejora significativamente la situación económica de quien paga.
📉 ¿Cuándo se puede reducir?
✔️ Si el obligado al pago sufre una bajada importante de ingresos..
✔️ Si el hijo empieza a tener ingresos propios.
✔️ Si hay un cambio en el régimen de custodia.
🛑 ¿Y cuándo se puede extinguir?
✔️ Cuando el hijo alcanza la independencia económica.
✔️ Cuando existe una causa de desheredación.
⚖️ ¿Cómo se modifica?
👉 Por acuerdo entre las partes (mediante convenio regulador).
👉 O a través de una demanda de modificación de medidas.
🚨 Clave que muchos desconocen:
Mientras no haya una nueva resolución judicial:
❌ La pensión sigue siendo obligatoria en la cuantía fijada.
❌ Pagar menos o dejar de pagar genera deuda.
Modificación de medidas
La modificación de medidas paternofiliales es un proceso legal para cambiar las reglas de una sentencia previa sobre los hijos (como la custodia, las visitas o la pensión). Se exige que pase un tiempo, que el cambio sea muy importante, que no se pudiera prever antes y que sea estable.
💡 Clave importante en la solicitud de modificación de medidas:
No se trata de “reabrir” lo ya decidido, sino de adaptarlo cuando la realidad cambia de verdad.
🔍 ¿Cuándo se puede pedir?
Cuando hay un cambio sustancial de las circunstancias que existían al aprobarse las medidas.
Pero ojo, no vale cualquier cambio:
✔️ Debe ser importante (no algo puntual).
✔️ Debe tener cierta estabilidad en el tiempo.
💡 Situaciones más habituales:
✔️ Cambio significativo en los ingresos del progenitor que paga alimentos.
✔️ Mejora en la disponibilidad para asumir una custodia distinta.
✔️ Nuevas necesidades de los hijos (edad, estudios, desarrollo).
✔️ Cambio de domicilio que afecta al régimen de visitas.
🚫 ¿Cuándo NO procede?
❌ Si el cambio es leve o temporal.
❌ Si ya se conocía cuando se firmó el convenio o se dictó sentencia.










