Capitulaciones matrimoniales

📜Es el documento por el que los otorgantes pueden estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo.

📌¿Cuándo se pueden otorgar?

Antes de contraer matrimonio: entran en vigor cuando se celebra el matrimonio.

Si el matrimonio no se contrae en el plazo de un año quedarán sin efecto.

Después de contraer matrimonio: modifican el régimen anterior y entran en vigor desde su firma.

📌¿Cómo se formalizan?

Para su validez, se deben otorgar ante Notario y se inscriben en el Registro Civil.

Será nula cualquier estipulación contraria a las leyes, al orden público o que limiten la igualdad de derechos que corresponda a cada cónyuge.

📌¿Qué se puede pactar?

El régimen económico matrimonial: sociedad de gananciales, separación de bienes, o régimen de participación.

Como se repartirán los bienes adquiridos antes o después del matrimonio.

Administración de los bienes.

Establecer reglas sobre las deudas.

Modificar el régimen existente.


¿Cómo podemos ayudarle?

Privacy Preference Center