📜En el ámbito del derecho sucesorio, solemos pensar en primer lugar en hijos, padres o cónyuges como herederos naturales de una persona fallecida.
Sin embargo, existe otro grupo de familiares que también puede tener un papel relevante en la sucesión: los herederos colaterales.
💡Los herederos colaterales son aquellos familiares que no descienden del fallecido ni son sus ascendientes directos. Es decir, no pertenecen a la línea recta de parentesco, sino a la línea colateral.
📌Dentro de esta categoría, se incluyen a:
Hermanos.
Sobrinos.
Tíos.
Primos.
📌Su intervención en una herencia no es automática, solo entran en juego cuando no existen:
Descendientes (hijos o nietos).
Ascendientes (padres o abuelos).
Cónyuge.
En ausencia de estos familiares, la ley abre la puerta a la sucesión en favor de los parientes colaterales, siguiendo el orden de proximidad de grado de parentesco.
