📜De una forma muy esquemática, vamos a hacer un recorrido de los pasos a seguir tras el fallecimiento de una persona; pues es una pregunta muy habitual en los despachos de abogados.

Por supuesto, cada herencia tiene sus particularidades, cuando entramos de lleno en las operaciones particionales.

📌Pasos:

1.- Solicitar el certificado de defunción.

2.- Solicitar el Certificado de ultimas voluntades.

Con él sabremos si el fallecido otorgó testamento, y ante qué Notario.

3.- Si otorgó testamento, me dirijo al Notario y le solicitó copia autorizada del mismo.

Sino otorgó testamento, el Notario tendrá que hacer la declaración de herederos.

4.- Hacer un inventario de bienes y deudas, que trasladaré al Notario para formalizar la Escritura de partición de herencia, aceptarla a beneficio de inventario, o en su caso, renunciar a ella.

5.- Pagar el impuesto de sucesiones. No olvidemos, que el plazo para hacerlo es de 6 meses desde el fallecimiento.

6.- Si hay bienes inmuebles se debe liquidar el plusvalía.

7.- Lleva la Escritura de Partición de herencia al Registro de la Propiedad.

¿Cómo podemos ayudarle?

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