Herencia y cuidado de los padres
Nos encontramos con la situación que 👵🏼👴🏼nuestros padres se hacen mayores y necesitan unos cuidados continuados, siendo uno o unos de los hijos quienes se vuelcan en estos cuidados, llegando incluso en ocasiones a hipotecar parte de su vida, para que estos padres tengan sus necesidades cubiertas; necesidades que a veces son muy complejas dada la enfermedad o deterioro de estos padres.
Existen familias en las que uno de los hermanos se desentiende por completo, a veces incluso no asiste ni al funeral.
📜Pero, llega la herencia, y sin lugar a dudas quieren “lo que es suyo”.
Y, entonces al hermano que ha cuidado de sus padres le surge la duda: ✅¿Tendré más derechos sobre la herencia de mis padres?
❌Pues la realidad es que no se establece nada al respecto, con lo cual se heredará conforme a lo previsto legalmente.
Pero, si que es cierto que los padres 📌a través del testamento, pueden mejorar al hijo que se ha ocupado de sus cuidados, o prevean que se va a ocupar, asignándole más porción de herencia; es decir, al hijo que se ha desentendido pueden dejarle la legítima estricta, y al resto de hijos instituirlos herederos por parte iguales.
Pensión Compensatoria vs. Pensión Alimentos
📌La pensión de alimentos y la pensión compensatoria son dos figuras jurídicas distintas que suelen confundirse, pero tienen fines, beneficiarios y fundamentos legales diferentes. Te explico claramente las diferencias:
✅1.- Pensión de alimentos
Finalidad:
Garantizar el sustento y bienestar de los hijos (o en algunos casos, de otros familiares dependientes).
Quién la recibe:
Los hijos menores de edad, y excepcionalmente los mayores de edad si no tienen ingresos propios por causas justificadas (por ejemplo, si siguen estudiando o tienen una discapacidad).
Qué cubre:
Alimentación, vivienda, vestido, educación, atención médica, actividades básicas y ordinarias del menor.
✅2.- Pensión compensatoria
Finalidad:
Compensar el desequilibrio económico que la separación o divorcio produce en uno de los cónyuges respecto al otro.
Quién la recibe:
El cónyuge que, tras el divorcio, queda en peor situación económica que el otro como consecuencia del matrimonio.
Qué cubre:
No es para mantener un nivel de vida igual, sino para compensar el desequilibrio.
¿Cómo hacer una donación?
📜¿Sabes si una donación puede hacerse de forma verbal, o siempre tiene que ser por escrito y ante Notario? ¿Conoces la diferencias entre una donación de cosa mueble o inmueble?
📌Si la donación es de cosa mueble, puede ser:
1.- Verbal: la entrega de la cosa será simultanea a la aceptación.
2.- Por escrito: Tanto la entrega de la cosa como la aceptación se debe realizar por escrito.
📌Si la donación es de cosa inmueble:
1.- Siempre se hará por escritura pública.
2.- Se expresará individualmente el bien donado.
3.- Se expresarán las cargas que debe satisfacer quien lo recibe.
4.- La aceptación será por escritura publica en la misma por la que se dona, o en otra separada, que será notificada al donante.
5.- La aceptación debe hacerse en vida del donante.
Tutela vs. curatela
📌¿Conoces las principales diferencias entre la tutela y curatela?
La tutela protege a menores sin patria potestad, con representación plena.
La curatela protege a adultos con capacidad restringida, con asistencia parcial o complementaria.
✅1.- A quien protege:
Tutela: Menores de edad que no están sujetos a la patria potestad de sus padres (por ejemplo, si los padres han fallecido o han sido privados de ella).
Curatela: Personas mayores de edad que, por alguna causa no pueden administrar plenamente su persona o sus bienes.
✅2.- Finalidad:
Tutela: Sustituir la patria potestad y garantizar la representación integral del menor en lo personal y patrimonial.
Curatela:No sustituye toda la capacidad, sino que complementa o asiste en los actos en que la persona no puede decidir por sí misma.
✅3.-Rol del tutor:
Tutela: Representa al menor en todos los actos jurídicos y cuida de su persona y bienes.
Curatela: Asiste, complementa o representa al curatelado solo en lo necesario, según lo que haya determinado el juez.
✅4.- Ejemplo:
Tutela: El menor cuyos padres fallecen y quedan bajo la tutela de su tío.
Curatela: Persona que debido a una enfermedad mental no puede administrar sus bienes, ni decidir sobre aspectos de su vida cotidiana.
Revocación donación por aparición de hijos
📜La donación realizada por persona que no tenga hijos, ni descendientes, puede ser revocada cuando, en los casos siguientes:
✅1.- Superveniencia: Después de la donación el donante tenga hijos, aunque sean a título póstumo, es decir, nacidos tras la muerte de su padre.
✅2.- Supervivencia: Que resulte vivo el hijo que se creía muerto.
En el caso, de que resulte vivo el hijo que se creía muerto, rescindida la donación, se tendrán que restituir al donante los bienes donados, o su valor si esos bienes se hubieren vendido..
Si el donatario ha hipotecado el bien, el donante puede liberar la hipoteca pagando la cantidad que lo garantice, con derecho a reclamarla al donatario.
❌¿Cuándo prescribe la acción?
A los cinco años, contados desde que se tiene noticia del nacimiento del hijo, o de la existencia del que se creía muerto.
Esta acción es irrenunciable y se transmite por muerte del donante, a los hijos y sus descendientes.
Precario vs. comodato
🏠Cuando alguien te cede un bien gratis, no siempre es lo mismo. Aquí explico las diferencias:
✅1.- Comodato: es un contrato por el que una de las partes entrega un bien a otra, para que lo use por cierto tiempo y se lo devuelva.
Características:
Existe un contrato verbal o por escrito.
Es gratuito.
Existe obligación de devolver el bien cuando finaliza el plazo.
Ejemplo: Te dejo mi vivienda mientras reformas la tuya.
✅2.- Precario: Cuando una persona utiliza un bien sin título alguno (contrato).
Características:
No hay contrato ni derecho.
No hay plazo ni uso pactado.
El propietario puede reclamar la devolución en cualquier momento.
Ejemplo: Vives en casa de tus suegros porque estás casada con su hijo.
📍Consecuencias en ambos:
Comodato: El dueño debe respetar el plazo o uso acordado.
Precario: El ocupante puede ser desalojado en cualquier momento.
Capitulaciones vs. acuerdos prematrimoniales
📜Aunque capitulaciones y acuerdos prematrimoniales parezcan lo mismo, realmente no lo son. Aquí vamos a ver las características de ambos:
📌1.- CAPITULACIONES MATRIMONIALES. Van a regular el régimen económico matrimonial.
✅Características:
Se otorgan ante Notario.
Pueden hacerse antes o durante el matrimonio.
En su contenido entra:
Elección del régimen económico del matrimonio.
Administración de los bienes.
Aportación de bienes al matrimonio.
Se inscriben en el Registro Civil para que tenga efecto frente a terceros.
No incluyen obligaciones personales.
📌2.- ACUERDOS PREMATRIMONIALES. Se trata de acuerdos prematrimoniales permiten pactar una gestión más amplia del patrimonio y de sus consecuencias ante una eventual ruptura.
✅Características:
Funcionan como un contrato privado.
Se suscribe antes de contraer matrimonio.
En su contenido entra:
Distribución de los bienes si hay divorcio.
Compensaciones económicas.
Protección el patrimonio previo.







