Valor de un acuerdo alcanzado en juicio
💡Supuesto de hecho:
El padre solicita la extinción de la pensión de alimentos de su hija de 21 años, invocando un empeoramiento económico, y la inexistencia de relación entre ambos.
Durante la celebración del juicio, la Abogada del padre propone el acuerdo de mantener la pensión durante un año, y transcurrido el mismo extinguirla.
El Juzgado dicta Sentencia recogiendo dicho acuerdo.
📌El padre recurre la sentencia alegando que no comprendió el alcance del acuerdo alcanzado en juicio, y pretende que se deje sin efecto.
⚖️La Audiencia Provincial de Madrid, tras examinar la grabación audiovisual de la vista, en Sentencia de 10 de abril de 2025 concluyó: que existe coincidencia entre el acuerdo oralmente expuesto y obrante en el acta audiovisual de la vista, y el recogido en la Sentencia.
No podemos olvidar que los acuerdos alcanzados por las partes en juicio, son vinculantes, además los jueces intervienen intervino activamente para verificar la comprensión y aceptación de dichos acuerdos.
En este caso, el padre prestó su consentimiento libremente al acuerdo, y el mismo fue validado por el Juez, lo que dificulta su impugnación posterior.
Cancelar hipoteca
📌Habías olvidado que hace años terminaste de pagar tu hipoteca, y no hiciste nada, por lo que sigue apareciendo en el Registro de la Propiedad como una carga.
Te preguntas: 📍¿Se puede cancelar por caducidad, sin necesidad de acudir al Banco? 📍¿Cómo lo hago?
📌Los pasos a seguir, son:
✅1.- Tienen que haber transcurrido 21 años a contar desde la fecha de vencimiento del plazo máximo pactado en la escritura.
Si amortizaste anticipadamente el préstamo hipotecario, no comienza el plazo desde que terminaste de pagar, con lo cual igualmente tendrás que esperar al plazo máximo pactado.
✅2.- Tienes que ser titular en el Registro de la propiedad del inmueble que tiene la carga hipotecaria.
✅3.- Necesitas hacer una instancia privada, solicitando la cancelación de por caducidad, según el artículo 82.5 de la Ley Hipotecaria.
✅4.- La firma de la instancia deberá estar legitimada por un Notario, o ratificada ante el Registrador.
✅5.- El Registro de la propiedad lo cancelará.
Nulidad de la cláusula de desheredación
Traigo a colación la ⚖️Sentencia del Tribunal Supremo, de 2 de Junio de 2025, en la que el objeto a debate fue:
📜Unos hijos solicitan que se declare la inexistencia de la siguiente cláusula de desheredación: “Deshereda a sus tres hijos…, por haber incurrido en al causa 2ª del artículo 853 del Código Civil”. En dicho testamento, lega a su madre lo que por legítima le corresponda, y nombra herederos universales por partes iguales a sus sobrinos.
📍Causa alegada por los sobrinos: Se produjo una ruptura del vínculo paternofilial imputable a los hijos que, pese al conocimiento de la enfermedad de su padre, lo abandonaron.
Los sobrinos mantenían que los hijos del fallecido, tras la separación de sus padres, no quisieron atender a las necesidades de su padre, sino que fueron los hermanos de éste los que prestaban la asistencia que requería el testador cuando ha necesitado cuidados médicos; siendo éste el motivo por el que desheredó a sus hijos.
📍Causa alegada por los hijos: Tras el divorcio de sus padres, fue el fallecido quien se distanció de su hijos, incumpliendo el régimen de visitas, siendo dos de los hijos menor de edad.
Los hijos menores de edad no causaron maltrato psicológico continuado y grave a un padre,
que nunca ejerció sus obligaciones paternofiliales; y tampoco fue víctima de un maltrato psicológico a través de una conducta activa de los recurridos.
📌Conclusión:
✅1.- La desheredación contemplada en el testamento, sin mayores especificaciones, no indica que sea como consecuencia de haber sufrido el testador un maltrato psicológico, esta causa se construye con posterioridad por los sobrinos como fundamento de la desheredación.
✅2.- Para que un maltrato psicológico sea causa legítima de desheredación es preciso, que el comportamiento sea imputable a los hijos, y no fruto de las conflictivas relaciones entre los padres de los hijos, que provocaron la separación matrimonial, y posterior distanciamiento entre padre e hijos.
✅3.- Se declara nula la cláusula de desheredación, y los hijos tienen derecho a suceder al padre como herederos forzosos en la legitima de la herencia.
Divorcio express
📌Es la forma más rápida de acceder al divorcio, y se caracteriza por ser un proceso ágil, que se puede tramitar tanto ante un Notario como en un Juzgado.
➡️¿Cuáles son los requisitos?
1.- Ambos cónyuges tiene que estar de acuerdo en poner fin a su matrimonio, y en las condiciones del divorcio.
2.- Es necesario que haya transcurrido un plazo de tres meses desde la celebración del matrimonio.
3.- No deben haber hijos menores de edad, o mayores con medida de apoyo judicial.
4.- Se presenta un convenio regulador ante el Notario o Juzgado.
➡️¿Y, si hay hijos menos de edad, o mayores de edad con discapacidad?
El divorcio de mutuo acuerdo se presentará en el Juzgado, y será parte el Ministerio Fiscal.
INEFICACIA DEL TESTAMENTO
📜La ineficacia testamentaria se refiere a las situaciones en las que un testamento, o alguna de sus disposiciones, no produce efectos jurídicos. Y, se clasifican en cuatro categorías:
✅1.- Falta de validez.- El testamento no es valido porque no cumple con los requisitos legales.
Puede dar lugar a:
- Nulidad cuando el testamento es radicalmente nulo. Ejemplo: otorgado por persona discapaz, vicios en la voluntad.
- Anulabilidad cuando el testamento tiene defectos que permiten su impugnación. Ejemplo: error en el otorgamiento.
✅2.- Ineficacia sobrevenida.- El testamento era valido, pero deja de producir efectos por hechos posteriores.
Puede dar lugar a:
- Revocación: Total o parcial, expresa o tácita. Ejemplo: un testamento posterior revoca el anterior).
- Caducidad: El testamento pierde eficacia por no cumplir un requisito dentro de un plazo o por un hecho previsto por la ley. Ejemplo: El testamento militar deja de valer si el testador no muere en campaña.
- Incapacidad sobrevenida del heredero o legatario. El testamento es válido, pero la persona designada no puede suceder.
✅3.- Ineficacia parcial.- Afecta solo a alguna disposición, no al testamento entero.
Ejemplo: El testamento contiene una cláusula contraria a ley o a la legítima, hay una disposición imposible, hay una condición nula, hay una sustitución fideicomisaria prohibida.
✅4.- Ineficacia funcional o inoperancia.- El testamento es formalmente válido, pero no llega a producir efectos por falta de objeto o pérdida de utilidad.
Ejemplo:
- Premoriencia del heredero o legatario sin sustituto.
- Renuncia del heredero o legatario.
- Perecimiento del bien legado antes del fallecimiento del testador.
- Cumplimiento previo de la condición que hace imposible la disposición.
Grabar la conversación de un menor
💡Es una de las preguntas más frecuentes con las que nos encontramos, y la respuesta es:
📱Como regla general, es legal grabar una conversación, incluso sin avisar a la otra persona, porque eres parte de la conversación.
Esta grabación no vulnera el derecho al secreto de las comunicaciones.
La grabación podrá presentarse prueba en un procedimiento judicial, siempre que no haya sido manipulada.
⚖️Pero, ¿Puedo grabar a mi hijo menor de edad, para usar esa conversación en un juicio sobre custodia? ¿Existen límites?
Existen unos 📍límites, de manera que si vas a utilizar la grabación de tu hijo en juicio, debes tener en cuenta:
1.- Debes participar en la conversación que estás grabando.
2.- No puedes grabar llamadas entre el otro progenitor y tu hijo.
3.- Evitar manipular al menor o inducir sus respuestas.
4.- La grabación deja constancia de que afecta directamente al bienestar del menor.
5.- La grabación debe ser proporcionada para lo que se pretende demostrar.
Desahucio por impago de IBI y basura
⚖️El Tribunal Supremo en STS n.º 5076/2025 de 17 de Noviembre, aborda el desahucio por impago de IBI y tasa de basura, aunque su importe anual no estaba especificado en el contrato de arrendamiento.
📍Iter procesal:
✅1.- Los hechos se iniciaron tras la interposición de demanda solicitando la resolución del contrato de arrendamiento por falta de pago.
En el contrato de arrendamiento se pactó el precio del alquiler, en el que no estaban comprendidos los consumos por suministros con los que contaba la finca, así como aquellos susceptibles de individualización, que serían a cargo del arrendatario. Además, se recogía que los gastos del IBI, comunidad de propietarios y tasa de basuras, serían a cuenta del arrendatario.
Los arrendatarios pagaron la anualidad de 2021, pero no las siguientes porque el importe no estaba especificado en el contrato.
✅2.- En Sentencia, se desestima la demanda, porque en el contrato no se indicaba el importe de tales gastos, por lo que la cláusula era nula, conforme al art. 20 LAU.
✅3.- La Audiencia provincial revoca la sentencia, y los arrendatarios interponen recurso de casación.
✅4.- El Tribunal Supremo, entiende que no se infringe el art. 20 LAU, ya que en el contrato se previó de manera expresa que los arrendatarios asumían el pago del IBI y de las tasas de basuras, y así lo hicieron el primer año, pagando las cantidades correspondientes atales conceptos. Tal pacto es válido y, puesto que, de acuerdo con los hechos acreditados por la sentencia recurrida a la vista de los recibos aportados por la actora, los importes anuales se encuentran individualizados para la vivienda arrendada, no era preciso para su exigibilidad que en el contrato se determinara el importe anual a la fecha del contrato.
Derecho de reversión en donación
📜El derecho de reversión en la donación implica la posibilidad de que los bienes donados al hijo que muere sin descendientes vuelvan al patrimonio de los padres.
📌Requisitos:
1.- Que el ascendiente haya donado alguna cosa a un hijo o descendiente.
2.- Que ese hijo o descendiente muera después sin hijos ni descendientes
3.- Es necesaria la permanencia de los bienes o su valor en la herencia del hijo.
📌Efectos de la reversión:
1.- Los ascendientes suceden con preferencia a otras personas en ese bien donado.
2.- Ese bien no integra la herencia, y por lo tanto, no se tiene en cuenta para el calculo de las legítimas.
3.- Si el hijo realizó mejoras en el bien, los demás herederos pueden reclamar el importe de las mismas al donante al que vuelven los bienes.
📌Pero, ¿Qué ocurre si el bien donado, ya no es titularidad del donatario?
1.- Si el hijo lo vendió, el padre le sucederá en el precio.
2.- Si el hijo lo permutó, el padre le sucederá en el bien que lo haya sustituido.








