Cada Comunidad Autónoma tiene su propia normativa respecto a la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, lo que implica que las bonificaciones varían según el territorio. En este artículo abordamos cómo algunas Comunidades Autónomas han reducido este impuesto para los herederos o, en ciertos casos, incluso lo han eliminado:

  1. Comunidad Valenciana: bonificación del 99% para cónyuges, ascendientes y descendientes.
  2. Madrid: bonificación del 99% para familiares directos, 15% para hermanos y 10% para sobrinos.
  3. Castilla y León: exención hasta 400.000 € para todos los herederos, y bonificación del 99% para las víctimas de violencia de género.
  4. Andalucía: exención hasta 1 millón de euros; lo que exceda esta cantidad está sujeto al impuesto correspondiente.
  5. Cataluña: exención hasta 100.000 € para herederos menores de 21 años o cónyuges, y 50.000 € para nietos. Para el resto, se aplica el impuesto.
  6. Aragón: bonificación del 65% para herencias de hasta 100.000 €. Si se supera este límite, se aplica el impuesto correspondiente.