Cancelación Hipoteca en Registro
1.- Nuevo sistema, a través del Portal Notarial del ciudadano.
De esta forma, es posible cancelar la hipoteca con una menor involucración por parte de las entidades bancarias.
El primer paso es que el prestatario solicite al banco la cancelación de la hipoteca a través de la Sección de plataforma notarial, y no de manera convencional. De esta forma, el banco subirá a la plataforma el Certificado de Saldo cero, la nota simple del Registro de la Propiedad y todos los datos necesarios sobre las personas que solicitaron el préstamo.
Posteriormente, comparecemos en la Notaria que hayamos elegido, o bien a través del Portal Notarial del Ciudadano, en el trámite “Cartas de pago y cancelación de garantías”, solicitaremos la cancelación de la hipoteca, que se podrá firmar de forma presencial o por videoconferencia, sin necesidad de que firme el apoderado del banco.
Para utilizar este sistema, es necesario que el Banco se haya dado de alta en la Sección de la Plataforma Notarial. Porque si el Banco no se ha dado de alta, nos vamos al:
2.- Sistema tradicional
El primer paso es que el prestatario solicite del banco que nos concedió la Hipoteca, un Certificado de deuda cero, es decir, el certificado que acredita que hemos terminado de pagar la hipoteca y no debemos nada por ella.
Tendremos que ir al Notario junto al apoderado del Banco, para otorgar una escritura de cancelación de hipoteca.